La SCJN aseguró que la figura de “nulidad de juicio concluido” no atenta contra la cosa juzgada, la cual, dijo, "nunca ha sido objeto de cuestionamiento ni ha estado en duda su garantía"
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aseguró que la cosa juzgada “nunca ha sido objeto de cuestionamientos ni ha estado en duda su garantía”, ya que el Máximo Tribunal reconoce que es un principio esencial en el que se sustenta el derecho a la seguridad jurídica; sin embargo, indicó que el sistema normativo mexicano, así como el interamericano, se prevé la figura de “acción de nulidad de juicio concluido”.
En un comunicado, la SCJN defendió que dicha figura procede, entre otros supuestos, “cuando exista colusión o maniobras fraudulentas de las partes litigantes en perjuicio de la parte promovente de dicha acción”.
La Corte agregó que esta figura “no atenta” contra la cosa juzgada y está prevista en el Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, así como en otras legislaciones procesales del país, a fin de proteger los derechos de las personas, que han sido afectados “por una sentencia que se sustenta en pruebas falsas, mecanismos ilegales o actos jurídicos simulados”.
En ese sentido, la SCJN refirió que el 26 de noviembre de 2025, el Pleno de la Corte analizó el Amparo Directo en Revisión 6585/2023, en el que una mujer solicitó la nulidad de un juicio ejecutivo mercantil ya concluido.
“Ella señaló que, algunas de las personas demandadas habrían simulado actos jurídicos para aparentar insolvencia y así evitar el cumplimiento de obligaciones alimentarias frente a sus hijos”, agregó.
Por lo que la Corte “estudiará si es procedente la nulidad de juicio concluido en materia mercantil”.
Finalmente, la SCJN reafirmó su compromiso con el respeto absoluto a la cosa juzgada, ya que forma parte esencial de la certeza en el país conforme al marco legal.
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