viernes, 19 de septiembre de 2025

En comisión, aprueban reformas en materia de deudores alimentarios

Avanzan reformas sobre deudores alimentarios. Foto: Olivia Arredondo
Avanzan reformas sobre deudores alimentarios. Foto: Olivia Arredondo

La Comisión de Administración y Procuración de Justicia avaló reformas al Código Civil del Estado de Querétaro para definir con claridad el concepto de deudores alimentarios

La Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso del Estado de Querétaro aprobó por unanimidad reformas al Código Civil del estado en materia de deudores alimentarios, con el objetivo de garantizar el bienestar de niñas, niños y adolescentes. 

Dicha comisión es presidida por el diputado Guillermo Vega e integrada por los legisladores Enrique Correa y Homero Barrera; también asistieron la diputada Teresita Calzada, de Movimiento Ciudadano; así como la legisladora de Morena Andrea Tovar.

La iniciativa fue presentada por el diputado morenista Arturo Maximiliano García Perez, quien explicó que con esta reforma se define con claridad el momento en el que una persona es considerada deudora alimentaria morosa. “En Querétaro aún no se había determinado en qué momento se señala a una persona ya como morosa”, precisó.

Agregó que con estas nuevas disposiciones se otorgarán mayores facultades al Tribunal Superior de Justicia para el manejo del padrón de deudores, con medidas que podrán restringir el acceso a ciertos trámites a quienes no cumplan con sus obligaciones de manutención.

 

Por su parte, el diputado Guillermo Vega afirmó que esta reforma representa “un avance significativo en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes”. Añadió que la iniciativa transforma el paradigma de impunidad que ha imperado en torno al incumplimiento de las obligaciones alimentarias en todo el país y Querétaro. Destacó también que la nueva legislación reconoce la pensión alimenticia como un derecho fundamental.

Entre los puntos clave, explicó que la reforma establece que una persona será considerada deudora alimentaria morosa si transcurren 90 días desde una resolución firme o 60 días durante un proceso legal sin cumplir con el pago. La inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias podrá limitar el acceso a documentos oficiales como pasaporte o licencia de conducir.

Indicó que el concepto de “alimentos” se amplía para incluir salud psicológica, recreación, educación, vestido y vivienda. 

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